PROYECTOS
ACTUALES:
Seminarios en
la RAAS y RAAN sobre la Ley 445
El Canal
Seco
Conflictos
de Tierra
La Frontera
Agrícola
Casos de
Violencia
Demarcación
Seminarios
sobre la Ley 445:
La ley 445 (Ley del Régimen de Propiedad
Comunal de los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas de
las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica de Nicaragua
y de los Ríos Bocay, Coco e Indio y Maíz) es una ley que
toca temas muy sensibles para la sociedad costeña como son: la institucionalización
de los gobiernos comunales tradicionales de las comunidades indígenas
y étnicas de la Costa Caribe, su relación con las municipalidades,
con los gobiernos y consejos regionales, y con el gobierno central; la
propiedad comunal y el derecho a la preservación de su medio ambiente
y recursos naturales; la relación de los gobiernos comunales
con los terceros, colonos o precaristas mestizos en territorios indígenas.
Por lo que la correcta interpretación de la Ley 445 es crucial para
normar y regular la tenencia de la tierra en aproximadamente 50% del territorio
nacional.
El
Canal Seco:
Desde hace
varios años, el gobierno de Nicaragua entró en negociaciones
con las empresa Canal Interoceánico de Nicaragua (CINN) y Servicio
Intermodal de Transporte Global (Sit/Global) para la construcción
de un tren que transportaría contenedores de mercancías previamente
descargadas en un puerto de aguas profundas a construirse en Monkey Point
y que atravesaría el país de costa a costa. El proyecto es
conocido como el Canal Seco y está planeado para construir parte
de su infraestructura en tierras comunales tradicionales ocupadas por la
comunidad étnica de Monkey Point y por el Pueblos Indígena
Rama.
El Presidente
de la República introdujo en julio de 1999 a la Asamblea Nacional
de Nicaragua un Proyecto de Ley conteniendo el contrato de concesión
ya negociado entre el gobierno de Nicaragua y el CINN, haciendo oficial
la construcción del proyecto. Sin embargo, las comunidades indígenas,
sobre cuyas tierras va a ser construido parte del Canal Seco, no han sido
consultadas ni tomadas en cuenta respecto a las negociaciones entre el
Estado, el Sit/Global y el CINN.
Dada esta situación,
con la asistencia legal de CALPI las comunidades de Monkey Point y Rama
interpusieron un
Recurso
de Amparo en contra del Presidente de la República, y del Procurador
General de Justicia quien firmaría el contrato de concesión
una vez que éste sea aprobado por la Asamblea Nacional de Nicaragua.
Las comunidades reclaman ser consultadas e informadas sobre el proyecto
y solicitan abrir un proceso de negociación para sentar su posición
al respecto. El Recurso está siendo estudiado por la Corte Suprema
de Justicia desde enero del 2001 a pesar de que fue presentado en noviembre
del 2000. En Julio de 2001, CALPI también interpuso un Recurso
de Inconstitucionalidad en contra de la Asamblea Nacional por no consultar
a las comunidades durante el proceso de ortogar concesiones a las empresas.
Por lo que
durante todo este proceso CALPI ha venido trabajando con las comunidades
Etnicas de Monkey Point y con el Pueblo Indígenas Rama en la protección
de sus derechos ancestrales sobre sus tierras comunales, en el amenazadas
por el proyecto del Canal Seco.
El
Canal Seco atravaserá el país de la costa Atlántica
a la costa Pacífica.
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Monkey
Point, el sitio del puerto atlántico y el início del ferrocarril.
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**Artículos
Sobre el Canal Seco**
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Conflictos
de Tierra:
Caso
Vogel
Así
mismo en febrero del 2000 la Comunidad de Monkey Point presentó,
con el apoyo de CALPI, una Querella de Amparo ante el Juzgado Civil del
Distrito de Bluefields en contra de los particulares John Vogel, Percy
Spencer y Gary Loff por la usurpación de 300 manzanas de tierra
y la ocupación de las mismas por hombres armados. A partir de la
orden judicial de que los hombres salieran y el Sr. Vogel no continuara
sus actividades de siembra, construcción, etc., en el área,
la paz regresó a la Comunidad. Sin embargo, el caso sigue siendo
tramitado en el Juzgado y CALPI le está dando seguimiento.
Caso Punta
de Aguila
Ante
la denuncia a CALPI, por parte de líderes indígenas,de la
incursión y el corte de árboles en la pequeña comunidad
Rama de Punta de Aguila/Cane Creek iniciada en marzo de este año
por parte del griego Peter Toscos, CALPI presentó una denuncia
ante la Procuraduría del Medioambiente y Recursos Naturales y ante
el mismo Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA). Después
de presentar la denuncia miembros de CALPI viajaron al lugar de los hechos
junto con las autoridades constaron los cortes y las quemas en la Reserva
Natural de Cerro Silva. Los medios de comunicación locales de Radio
y TV Cable fueron también invitsados a la inspección, potr
lo que los pobladores de Bluefields pudieron ver ese mismo día en
el cable local a los hombres de Tsokos cortando y quemando el bosque. La
noticia tuvo acogida nacional e internacional y el MARENA multó
a Tsokos con C$ 10.000.00 (Diez mil Córdobas).
Sin embargo,
el Sr. Tsokos mantiene presencia en el terreno y ha conseguido permiso
del Ministerio del Ambiente y recursos Naturales MARENA para construir
otra casa, los miembros de la Comunidad informaron a CALPI que los hombres
del Sr. Tsokos está aserrando madera, y pretende apoderase
de 80 manzanas del territorio de la Comunidad Rama; por lo que CALPI
contactó nuevamente al Procurador Auxiliar del Medioambiente para
que continúe el proceso administrativo ante el MARENA; CALPI envió
su protesta al Ministro del MARENA solicitando revoquen la decisión.
Los empleados
de Tsokos cortando árboles.
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Caso
Cayos Perlas
El
septiembre de 2000 fue encarcelado el Sr. William McCoy, miembro del equipo
de la ONG ambientalista que realiza la labor de protección, monitoreo
y control de la tortuga carey (Eretmochelys imbricata), especie en peligro
de extinción en el Caribe. El Sr. McCoy fue encarcelado porque en
su ronda diaria en los Cayos Perlas encontró el nido No. 20,
de los 105 que vigila, con 120 huevos casi listos para eclosionar, sobre
la playa. Por lo que al ver la destrucción el Sr. McCoy se acercó
al nido y a un miembro de la Policía Nacional conocido como
Jeffereson, que resguardaba el Cayo, para preguntar quién había
sacado los huevos del nido. En el momento que el Sr. Peter Tsokos de manera
altanera y prepotente le impidió el paso y le ordenó que
saliera de la playa. El Sr. McCoy, a su vez, le reclamó sobre su
actitud y lo cuestionó sobre la destrucción del nido.
Ese mismo
día por la tarde la Policía de Laguna de Perlas detuvo al
Sr. McCoy por denuncia presentada por el Sr. Tsokos por la supuesta
comisión de los delitos de amenazas de muerte, penetración
ilegítima y perturbación en propiedad privada.
Pero el
acoso sufrido por el Sr. McCoy no es un incidente aislado,
ya que a mediados de este año otro pescador que se colocó
en uno de los cayos con sus aperos de pesca y nasas fue también
desalojado. Y en la cesión del mes de abril de este año del
Consejo Regional de la RAAS, otro pescador, a pesar de la fuerte intimidación,
se atrevió a denunciar otro incidente en el que el motor de
su bote sufrió averías; obligándolo a buscar
refugio en uno de los cayos. Pero para su sorpresa esta vez en la playa
lo esperó el mismo Sr. Toscos, con sus guardas armados, quién
lo obligó a salir inmediatamente del cayo. Por lo que el pescador,
a riesgo de su propia vida, tuvo que regresar al mar en su bote a la deriva.
El Sr. Toscos,
de nacionalidad griega, hace algún tiempo compró
títulos de propiedad sobre 7 de los 18 Cayos Perlas de descendientes
de personas que recibieron esos títulos pero que jamás los
ocuparon. Además el Sr. Tsokos es un comerciante de propiedades
raíces que promueve la reventa de esos cayos vía internet
en la página web: www.tropical-islands.com con precios hasta
de US $490,000.00 (cuatrocientos noventa mil dólares).
Los Cayos
Perlas han sido históricamente utilizados, por los pescadores de
las comunidades indígenas y étnicas de la Cuenca de Laguana
de Perlas. Sin embargo, para evitar este uso, goce y disfrute de los cayos
por parte de los indígenas, el Sr. Tsokos hace resguardar los cayos
por miembros activos de la Policía Nacional quienes actúan
como policías privados; los que uniformados y con sus placas
permanecen resguardándolos e intimidando a los pescadores, miembros
de las comunidades indígenas y étnicas de la cuenca, que
de conformidad con sus costumbres y tradiciones de pesca se acercan a los
mismos en busca de refugio, descanso o para abastecerse de agua potable.
La vida
y la cultura de los miembros de las comunidades indígenas y étnicas
de la cuenca de Laguna de Perlas ha estado, y continua estando, histórica
y tradicionalmente vinculada a los ecosistemas de los cayos y dependen
en su gran mayoría de la pesca en los cayos y de la obtención
de otros recursos naturales y beneficios que de ellos obtienen. Por lo
que estos cayos son propiedad comunal tradicional de estas comunidades;
y por lo tanto está protegida por el régimen sui géneris
o especial de las tierras comunales de los artículos 5, 89
y 180, de la Constitución Política de Nicaragua que reconocen
para las comunidades indígenas y étnicas de la Costa Atlántica
de Nicaragua el uso, goce y disfrute de la propiedad comunal; Por
lo que desde 1987 esta ley expresamente sacó del comercio
las tierras ocupadas por los indígenas, las que legalmente
no pueden ser vendidas, por lo que cualquier venta realizada sobre
los cayos es nula por violar expresamente estas normas. CALPI, con el apoyo
de la ONG Indian Law Resource Center, ayuda a los residentes de Laguna
de Perlas para defender sus derechos a tierra y recursos naturales.
Presentación sobre la Situación de Los Cayos Perlas
El
Avance de la Frontera Agrícola:
A pesar de
que el territorio Rama está dentro de las áreas protegidas
de Cerro Silva, Indio-Maíz y Punta Gorda y forma parte del territorio
del Corredor Biológico del Atlántico (CBA) todos proyectos
estatales de protección ambiental e indígena. El avance de
campesinos mestizos incentivados por los títulos de reforma agraria
sobre el bosque tradicionalmente ocupado por el pueblo Rama se ha
acelerado desde que el gobierno anunció la construcción del
Canal Seco. Los mestizos llegan armados y cortan las cosechas y amenazan
a los indígenas. CALPI logró la Sentencia No. 123 del 13
de junio del 2000 emitida por la Corte Suprema de Justicia de Nicaragua
estableciendo la ilegalidad de que los mestizos se apoderaran de tierras
dentro del territorio Rama a instancias de delegados regionales de instituciones
estatales. Y actualmente está gestionando junto a los líderes
indígenas ante las instituciones administrativas regionales y nacionales,
acciones que efectivamente protejan estas áreas y los derechos tradicionales
del pueblos indígena Rama sobre su territorio.
Deforestación en la frontera agrícola.
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Casos
de Violencia:
A partir de
noviembre del 2000 el territorio Rama se ha visto amenazado por bandoleros
que han causado varios robos, herido a miembros de la comunidad, secuestros
y algunas mujeres Rama han sido violadas. Acciones que los comunitarios
vinculan a los anuncios constantes en los medios de comunicación
de la construcción del Canal Seco. Por lo que CALPI y los líderes
indígenas invitamos y acompañamos, en abril de este año,
a los Procuradores de los Derechos Indígenas y de la Mujer a venir
a Bluefields y a que realizaran una visita in situ.
Así
mismo CALPI ha prestado apoyo a los comunitarios, principalmente Ramas,
para la presentación de sus denuncias penales ante la Policía
Nacional y el Juzgado Penal del Distrito de Bluefields; así como
ha coadyuvado con los líderes de Monkey Point para lograr el nombramiento,
de parte de la Policía Nacional, de Policías Voluntarios
en Monkey Point; así como la adquisición e instalación
de 4 radios de comunicación en las comunidades Rama y de Monkey
Point. Y es que la seguridad ciudadana del área es verdaderamente
preocupante, todas estas acciones las esta llevando CALPI de manera simultánea
al trabajo de protección del territorio Rama junto con otras
ONG locales, nacionales e internacionales.
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Demarcación:
CALPI trabaja
con otros ONGs y instituciones para promover la demarcación del
territorio indígena. La autodemarcación del territorio Rama
se ha constituido en una imperiosa necesidad para documentar, y de esta
forma defender, la posesión histórica y tradicional del mismo
por parte de las comunidades. Ya que las acciones gubernamentales tendientes
a otorgar concesiones; las de algunos particulares a especular con el valor
económico de esta tierra; así como del avance de la frontera
agrícola sobre las tierras indígenas; constituyen verdaderos
peligros de despojo de tierras para estas comunidades.
Por medio de
la autodemarcación estas Comunidades pretenden establecer fronteras
y acciones precisas para la protección de su territorio. Pero las
Comunidades deben autodemarcar su territorio ya que el Estado no ha demostrado
la voluntad política para hacerlo y ante la necesidad imperiosa
creada por la amenazas de usurpación ya no hay tiempo que perder.
El Proceso
de Autodemarcación podría comprender por lo menos las etapas
siguientes:
1.- Fortalecimiento
institucional y del liderazgo comunal interno de las Comunidades, de la
Comisión Mixta de Monkey Point y del Pueblo Rama, y de su
Comisión de Apoyo;
2.- Mapeo
del uso tradicional y actual interno del territorio Rama;
3.- Definición
de los linderos del territorio con otras comunidades por medio del mojoneo
y carrileo del territorio;
4.- Iniciar
procesos de negociación con otras comunidades en el caso de traslapes
en el territorio;
5.- La realización
de un inventario de los recursos naturales en el territorio Rama es fundamental
en este estudio;
6.- Plan de
Manejo de Recursos Pesqueros y del Bosque en coordinación con los
planes de Manejos de las Áreas Protegidas y del CBA que traslapan
con el territorio.
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