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PROYECTOS ACTUALES:


                         Seminarios en la RAAS y RAAN sobre la Ley 445
                    El Canal Seco
                    Conflictos de Tierra
                    La Frontera Agrícola
                    Casos de Violencia
                    Demarcación

Seminarios sobre la Ley 445:
La ley 445 (Ley del Régimen de Propiedad Comunal de los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica de Nicaragua y de los Ríos Bocay, Coco e Indio y Maíz) es una ley que toca temas muy sensibles para la sociedad costeña como son: la institucionalización de los gobiernos comunales tradicionales de las comunidades indígenas y étnicas de la Costa Caribe, su relación con las municipalidades, con los gobiernos y consejos regionales, y con el gobierno central; la  propiedad comunal y el derecho a la preservación de su medio ambiente y recursos naturales; la  relación de los gobiernos comunales con los terceros, colonos o precaristas mestizos en territorios indígenas. Por lo que la correcta interpretación de la Ley 445 es crucial para normar y regular la tenencia de la tierra en aproximadamente 50% del territorio nacional. 
 


 

 

 

El Canal Seco:
Desde hace varios años, el gobierno de Nicaragua entró en negociaciones con las empresa Canal Interoceánico de Nicaragua (CINN) y Servicio Intermodal de Transporte Global (Sit/Global) para la construcción de un tren que transportaría contenedores de mercancías previamente descargadas en un puerto de aguas profundas a construirse en Monkey Point y que atravesaría el país de costa a costa. El proyecto es conocido como el Canal Seco y está planeado para construir parte de su infraestructura en tierras comunales tradicionales ocupadas por la comunidad étnica de Monkey Point y por el Pueblos Indígena Rama.

El Presidente de la República introdujo en julio de 1999 a la Asamblea Nacional de Nicaragua un Proyecto de Ley conteniendo el  contrato de concesión ya negociado entre el gobierno de Nicaragua y el CINN, haciendo oficial la construcción del proyecto. Sin embargo, las comunidades indígenas, sobre cuyas tierras va a ser construido parte del Canal Seco, no han sido consultadas ni tomadas en cuenta respecto a las negociaciones entre el Estado, el Sit/Global  y  el CINN.

Dada esta situación, con la asistencia legal de CALPI las comunidades de Monkey Point y Rama interpusieron un Recurso de Amparo en contra del Presidente de la República, y del Procurador General de Justicia quien firmaría el contrato de concesión una vez que éste sea aprobado por la Asamblea Nacional de Nicaragua. Las comunidades reclaman ser consultadas e informadas sobre el proyecto y solicitan abrir un proceso de negociación para sentar su posición al respecto. El Recurso está siendo estudiado por la Corte Suprema de Justicia desde enero del 2001 a pesar de que fue presentado en noviembre del 2000.  En Julio de 2001, CALPI también interpuso un Recurso de Inconstitucionalidad en contra de la Asamblea Nacional por no consultar a las comunidades durante el proceso de ortogar concesiones a las empresas.

Por lo que durante todo este proceso CALPI ha venido trabajando con las comunidades Etnicas de Monkey Point y con el Pueblo Indígenas Rama en la protección de sus derechos ancestrales sobre sus tierras comunales, en el amenazadas por el proyecto del Canal Seco.
 
 

El Canal Seco atravaserá el país de la costa Atlántica a la costa Pacífica. 
Monkey Point, el sitio del puerto atlántico y el início del ferrocarril. 

**Artículos Sobre el Canal Seco**

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Conflictos de Tierra:

Caso Vogel

Así mismo en febrero del 2000 la Comunidad de Monkey Point presentó, con el apoyo de CALPI, una Querella de Amparo ante el Juzgado Civil del Distrito de Bluefields en contra de los particulares John Vogel, Percy Spencer y Gary Loff  por la usurpación de 300 manzanas de tierra y la ocupación de las mismas por hombres armados. A partir de la orden judicial de que los hombres salieran y el Sr. Vogel no continuara sus actividades de siembra, construcción, etc., en el área, la paz regresó a la Comunidad. Sin embargo, el caso sigue siendo tramitado en el Juzgado y CALPI le está dando seguimiento.
Caso Punta de Aguila
Ante la denuncia a CALPI, por parte de líderes indígenas,de la incursión y el corte de árboles en la pequeña comunidad Rama de Punta de Aguila/Cane Creek iniciada en marzo de este año por parte del  griego Peter Toscos, CALPI presentó una denuncia ante la Procuraduría del Medioambiente y Recursos Naturales y ante el mismo Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA). Después de presentar la denuncia miembros de CALPI viajaron al lugar de los hechos junto con las autoridades constaron los cortes y las quemas en la Reserva Natural de Cerro Silva. Los medios de comunicación locales de Radio y TV Cable fueron también invitsados a la inspección, potr lo que los pobladores de Bluefields pudieron ver ese mismo día en el cable local a los hombres de Tsokos cortando y quemando el bosque. La noticia tuvo acogida nacional e internacional y el MARENA multó a Tsokos con C$ 10.000.00 (Diez mil Córdobas).

Sin embargo, el Sr. Tsokos mantiene presencia en el terreno y ha conseguido permiso del Ministerio del Ambiente y recursos Naturales MARENA para construir otra casa, los miembros de la Comunidad informaron a CALPI que los hombres del Sr. Tsokos  está aserrando madera, y pretende apoderase de 80 manzanas del territorio de la Comunidad Rama; por lo que CALPI  contactó nuevamente al Procurador Auxiliar del Medioambiente para que continúe el proceso administrativo ante el MARENA; CALPI envió su protesta al  Ministro del MARENA solicitando revoquen la decisión.


Los empleados de Tsokos cortando árboles. 

Caso Cayos Perlas

El  septiembre de 2000 fue encarcelado el Sr. William McCoy, miembro del equipo de la ONG ambientalista que realiza la labor de protección, monitoreo y control de la tortuga carey (Eretmochelys imbricata), especie en peligro de extinción en el Caribe. El Sr. McCoy fue encarcelado porque en su ronda diaria en los Cayos Perlas encontró el  nido No. 20, de los 105 que vigila, con 120 huevos casi listos para eclosionar, sobre la playa. Por lo que al ver la destrucción el Sr. McCoy se acercó al nido y a un miembro de la Policía Nacional conocido como  Jeffereson, que resguardaba el Cayo, para preguntar quién había sacado los huevos del nido. En el momento que el Sr. Peter Tsokos de manera altanera y prepotente le impidió el paso y le ordenó que saliera de la playa. El Sr. McCoy, a su vez, le reclamó sobre su actitud y lo cuestionó sobre la destrucción del nido.

Ese mismo día por la tarde la Policía de Laguna de Perlas detuvo al Sr. McCoy por denuncia presentada por el Sr. Tsokos  por la supuesta comisión de los delitos de amenazas de muerte, penetración ilegítima y perturbación en propiedad privada.

Pero el acoso  sufrido por el Sr. McCoy no es un  incidente aislado, ya que a mediados de este año otro pescador que se colocó en uno de los cayos con sus aperos de pesca y nasas fue también desalojado. Y en la cesión del mes de abril de este año del Consejo Regional de la RAAS, otro pescador, a pesar de la fuerte intimidación,  se atrevió a denunciar otro incidente en el  que el motor de su bote  sufrió averías; obligándolo a buscar refugio en uno de los cayos. Pero para su sorpresa esta vez en la playa lo esperó el mismo Sr. Toscos, con sus guardas armados, quién  lo obligó a salir inmediatamente del cayo. Por lo que el pescador, a riesgo de su propia vida, tuvo que regresar al mar en su bote a la deriva.

El Sr. Toscos, de nacionalidad griega,  hace algún tiempo compró títulos de propiedad sobre 7 de los 18 Cayos Perlas  de descendientes de personas que recibieron esos títulos pero que jamás los ocuparon. Además el Sr. Tsokos es un comerciante de propiedades raíces que promueve la reventa de esos cayos vía internet en la página web: www.tropical-islands.com  con precios hasta de US $490,000.00 (cuatrocientos noventa mil dólares).

Los Cayos Perlas han sido históricamente utilizados, por los pescadores de las comunidades indígenas y étnicas de la Cuenca de Laguana de Perlas. Sin embargo, para evitar este uso, goce y disfrute de los cayos por parte de los indígenas, el Sr. Tsokos hace resguardar los cayos por miembros activos de la Policía Nacional quienes actúan como policías privados;  los que uniformados y con sus placas permanecen resguardándolos e intimidando a los pescadores, miembros de las comunidades indígenas y étnicas de la cuenca, que de conformidad con sus costumbres y tradiciones de pesca se acercan a los mismos en busca de refugio, descanso o para abastecerse de agua potable.

La vida y la cultura de los miembros de las comunidades indígenas y étnicas de la cuenca de Laguna de Perlas ha estado, y continua estando, histórica y tradicionalmente vinculada a los ecosistemas de los cayos y dependen en su gran mayoría de la pesca en los cayos y de la obtención de otros recursos naturales y beneficios que de ellos obtienen. Por lo que estos cayos son propiedad comunal tradicional de estas comunidades; y por lo tanto está protegida por el régimen sui géneris o especial de las tierras comunales de  los artículos 5, 89 y 180, de la Constitución Política de Nicaragua que reconocen para las comunidades indígenas y étnicas de la Costa Atlántica de Nicaragua el uso, goce y disfrute de la propiedad comunal;  Por lo que desde 1987 esta ley expresamente  sacó del  comercio las tierras ocupadas por los indígenas, las que legalmente  no pueden ser vendidas, por lo que  cualquier venta realizada sobre los cayos es nula por violar expresamente estas normas. CALPI, con el apoyo de la ONG Indian Law Resource Center, ayuda a los residentes de Laguna de Perlas para defender sus derechos a tierra y recursos naturales.

Presentación sobre la Situación de Los Cayos Perlas


El Avance de la Frontera Agrícola:
A pesar de que el territorio Rama está dentro de las áreas protegidas de Cerro Silva, Indio-Maíz y Punta Gorda y forma parte del territorio del Corredor Biológico del Atlántico (CBA) todos proyectos estatales de protección ambiental e indígena. El avance de campesinos mestizos incentivados por los títulos de reforma agraria sobre el bosque tradicionalmente ocupado por el pueblo Rama  se ha acelerado desde que el gobierno anunció la construcción del Canal Seco. Los mestizos llegan armados y cortan las cosechas y amenazan a los indígenas. CALPI logró la Sentencia No. 123 del 13 de junio del 2000 emitida por la Corte Suprema de Justicia de Nicaragua estableciendo la ilegalidad de que los mestizos se apoderaran de tierras dentro del territorio Rama a instancias de delegados regionales de instituciones estatales. Y actualmente está gestionando junto a los líderes indígenas ante las instituciones administrativas regionales y nacionales, acciones que efectivamente protejan estas áreas y los derechos tradicionales del pueblos indígena Rama sobre su territorio.
 
 

      Deforestación en la frontera agrícola.
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Casos de Violencia:
A partir de noviembre del 2000 el territorio Rama se ha visto amenazado por bandoleros que han causado varios robos, herido a miembros de la comunidad, secuestros y algunas mujeres Rama han sido violadas. Acciones que los comunitarios vinculan a los anuncios constantes en los medios de comunicación de la construcción del Canal Seco. Por lo que CALPI y los líderes indígenas invitamos y acompañamos, en abril de este año,  a los Procuradores de los Derechos Indígenas y de la Mujer a venir a Bluefields y a que realizaran una visita in situ.

Así mismo CALPI ha prestado apoyo a los comunitarios, principalmente Ramas, para la presentación de sus denuncias penales ante la Policía Nacional y el Juzgado Penal del Distrito de Bluefields; así como ha coadyuvado con los líderes de Monkey Point para lograr el nombramiento, de parte de la Policía Nacional, de Policías Voluntarios en Monkey Point; así como la adquisición e instalación de 4 radios de comunicación en las comunidades Rama y de Monkey Point. Y es que la seguridad ciudadana del área es verdaderamente preocupante, todas estas acciones las esta llevando CALPI de manera simultánea al  trabajo de protección del territorio Rama junto con otras ONG locales, nacionales e internacionales.

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Demarcación:
CALPI trabaja con otros ONGs y instituciones para promover la demarcación del territorio indígena. La autodemarcación del territorio Rama se ha constituido en una imperiosa necesidad para documentar, y de esta forma defender, la posesión histórica y tradicional del mismo por parte de las comunidades. Ya que las acciones gubernamentales tendientes a otorgar concesiones; las de algunos particulares a especular con el valor económico de esta tierra; así como del avance de la frontera agrícola sobre las tierras indígenas; constituyen verdaderos peligros de despojo de tierras para estas comunidades.

Por medio de la autodemarcación estas Comunidades pretenden establecer fronteras y acciones precisas para la protección de su territorio. Pero las Comunidades deben autodemarcar su territorio ya que el Estado no ha demostrado la voluntad política para hacerlo y ante la necesidad imperiosa creada por la amenazas de usurpación ya no hay tiempo que perder.

El Proceso de Autodemarcación podría comprender por lo menos las etapas siguientes:

1.- Fortalecimiento institucional y del liderazgo comunal interno de las Comunidades, de la Comisión Mixta de Monkey Point y del Pueblo Rama,  y de su Comisión de Apoyo;
2.- Mapeo del uso tradicional y actual interno del territorio Rama;
3.- Definición de los linderos del territorio con otras comunidades por medio del mojoneo y carrileo del territorio;
4.- Iniciar procesos de negociación con otras comunidades en el caso de traslapes en el territorio;
5.- La realización de un inventario de los recursos naturales en el territorio Rama es fundamental en este estudio;
6.- Plan de Manejo de Recursos Pesqueros y del Bosque en coordinación con los planes de Manejos de las Áreas Protegidas y del CBA que traslapan con el territorio.

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